Todo lo que debes saber acerca de la custodia compartida
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Todo lo que debes saber acerca de la custodia compartida

Desde el área de terapia familiar de nuestra clínica de psicólogos en Cartagena  os traemos un artículo acerca de todo lo que debes saber acerca de la custodia compartida.

Son numerosos los problemas que se suceden ante una situación de separación o divorcio; pero uno de los principales es aquel que tiene relación con la custodia de los hijos, donde hasta hace no mucho tiempo atrás, dicha custodia recaía en la mayoría de las situaciones en la madre directamente. Es esta la llamada custodia monoparental, es decir, aquella donde la responsabilidad de los hijos sólo recae en una de las partes. Afortunadamente, en la actualidad es cada vez más frecuente hablar de custodia compartida.

Guarda y custodia compartida, ¿Qué es?

Hablamos de guarda y custodia compartida cuando las 2 partes, padre y madre, practican la custodia legal de sus hijos en igualdad de condiciones y derechos, tomando ambos decisiones importantes en la vida de sus hijos. Por resumir en pocas palabras y sea entendible, hablamos de compartir custodia cuando padre y madre simultáneamente siguen ejerciendo como tales en las mismas condiciones que antes de la separación o divorcio.

Tipos de custodia compartida

Una vez tienes una primera idea sobre qué es la custodia compartida, puedes pensar que sólo existe una única forma de aplicación de guarda compartida, pero esto no es cierto. Existen diferentes variantes para determinar el tipo de guarda y custodia compartida, que es importante que conozcas, para si te llegas a encontrar en esta situación sepas cuál es la que se ajusta a ti. Diferenciamos principalmente 3 tipos de guarda y custodia compartida:

Custodia compartida conjunta, incluyendo cambio de lugar de residencia.

En esta tipología de guarda compartida el menor puede poseer 2 domicilios diferentes simultáneamente y estará con cada parte un periodo de tiempo establecido de mutuo acuerdo.

Custodia compartida en conjunto sin cambio de lugar de residencia. 

En esta opción, el menor vivirá en un único domicilio familiar y serán los padres quienes alternarán su estancia en el domicilio según el acuerdo establecido. La parte que se encuentre conviviendo con el menor en el momento será la que determine y tenga la responsabilidad legal de los derechos y obligaciones diarias del menor.

Guarda y custodia compartida simultánea

Aquí, todas las partes comparten domicilio. Suele ser una opción dada en familias que cuando se separan tienen la posibilidad de hacer una división dentro del domicilio conyugal, o vivir relativamente cerca (por ejemplo: uno frente al otro). Aunque algunos expertos determinan que puede ser la más beneficiosa para el menor, es realmente la más complicada de obtener.

Requisitos para la guarda y custodia compartida

Aunque pueda no parecerlo, NO existe una normativa única referente a la custodia compartida del menor, ya que cada casuística es distinta y dependiente de las capacidades particulares de los progenitores implicados y de su relación afectiva con los hijos afectados ante la situación de separación.

Es por esto por lo que se requieren unos requisitos mínimos (recuerda, no establecidos) de cara a que se llegue a la aceptación de la custodia compartida, predominando ante todo un posible acuerdo que pueda existir entre los progenitores el cual sea beneficioso para todos y principalmente a los hijos menores y al bienestar de estos.

Aunque no está determinado, es necesario para una correcta guarda y custodia compartida que los progenitores posean una misma vertiente acerca de la educación del menor, coincidiendo en los valores a transmitir a los menores dependientes de ambos y apoyando las decisiones que pueda adoptar la otra parte progenitora. Es sin duda la mejor forma de ofrecer una estabilidad emocional a los menores dependientes.

De esta forma, si se dan acuerdos llevados a cabo de manera común y no se muestran conflictos que puedan contaminar el bienestar del menor, la custodia compartida puede ser una decisión muy beneficiosa de cara a que los hijos puedan tener una vida perfecta asociada a todos sus niveles: emocional, familiar, escolar, social, etc.

La aceptación de guarda y custodia compartida es llevada a cabo por el juez, quien tendrá en cuenta todos estos aspectos además de otros añadidos y relacionados. Para poder acertar en su decisión, el juez, en procesos de este tipo puede solicitar la realización de un informe pericial psicológico, desde el que el psicólogo o centro de psicología especializado valora todas estas cuestiones y emite un informe donde determina, entre otras cosas, si es viable o no la guarda y custodia compartida como síntoma de estabilidad para el bienestar de los hijos que puedan depender de esa guarda compartida.

 

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